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La DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, tendrá la función de Asesorar al Alcalde en la administración financiera de los bienes municipales, mediante la dirección eficiente de la actividad financiera, contable y presupuestaria de la Municipalidad, y la mantención de sistemas que permitan proveer de los materiales necesarios para la adecuada gestión interna municipal.


La DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, tendrá las siguientes funciones:

a)    Asesorar al alcalde en la administración financiera de los bienes municipales, para lo cual le corresponderá específicamente:
1.    Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales.

2.    Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del presupuesto municipal.
3.    Visar los decretos de pago.

4.    Mediante la delegación de firma, Visar los Decretos Alcaldicio de aprobación de Bases Administrativas y Técnicas y adjudicación, de licitaciones hasta un monto de 100 UTM., previa visación de los Departamento de Contabilidad y de Gestión Administrativa.
5.    Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto.
6.    Efectuar los pagos municipales, manejar la cuenta bancaria respectiva y rendir cuentas a la Contraloría General de la República, y
7.    Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.
b)    Informar trimestralmente al concejo sobre el detalle mensual de los pasivos acumulados desglosando las cuentas por pagar por el municipio y las corporaciones municipales. Al efecto, dichas corporaciones deberán informar a esta unidad acerca de su situación financiera, desglosando las cuentas por pagar.
c)    Mantener un registro mensual, el que estará disponible para conocimiento público, sobre el desglose de los gastos del municipio.
d)    Remitir a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, en el formato y por los medios que ésta determine y proporcione, los antecedentes a que se refieren las letras b) y c) precedentes.
e)    Realizar las gestiones necesarias para que informe trimestral y el registro mensual a que se refieren las letras b) y c) deberán estar disponibles en la página web del municipio.
f)    Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
g)    Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
h)    Sistematizar cada uno de los indicadores de gestión proporcionados por las unidades a su cargo y remitirlos al Administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta.

i)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Alcalde, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculadas al cargo de Director.


De la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, dependerán:

a)    DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO
b)    DEPARTAMENTO DE TESORERÍA
c)    DEPARTAMENTO DE RENTAS Y FINANZAS
d)    DEPARTAMENTO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA


El DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO, tendrá las siguientes funciones:

a)    Llevar la Contabilidad Patrimonial de la Municipalidad de Antofagasta, en conformidad a las normas vigentes para el sector municipal y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto.
b)    Confeccionar el balance anual de la Municipalidad, proporcionando los estados e informes contables que se requieran.
c)    Mantener actualizado el valor de los activos y pasivos de la Municipalidad en conformidad a los inventarios del patrimonio municipal, como igualmente el ajuste anual por revaluaciones y depreciaciones del mismo.
d)    Controlar los ingresos y egresos de fondos municipales en conformidad con las normas presupuestarias vigentes.
e)    Mantener el registro y control de todos los documentos que den origen a obligaciones de carácter financiero de la Municipalidad con terceros.
f)    Crear, registrar, mantener y actualizar los movimientos de Fondos Complementarios.
g)    Llevar la Contabilidad Presupuestaria de acuerdo a las normas impartidas por las autoridades contraloras y financieras del Estado, emitiendo los informes presupuestarios para el control interno y externo de la Municipalidad.
h)    Confeccionar, revisar la legalidad y visar los Decretos de Pagos y de Entero de Fondos, que emita la Municipalidad de conformidad a las normas vigentes, tales como Decreto Ley 1.263/75 que aprueba la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, las instrucciones y normas contables y presupuestarias emitidas por la Contraloría General de la Republica, tales como: Imputación y Disponibilidad presupuestaria, Órdenes de Compra, Facturas, Decretos Alcaldicios (Adjudicación y Aprobación de Contratos, si procede), entre otros.
i)    Preparar el Balance Presupuestario Anual de la Municipalidad con las debidas notas explicativas sobre el comportamiento del ejercicio en el período.
j)    Colaborar con la SECOPLAN, en la confección del proyecto de Presupuesto Anual de la Municipalidad de acuerdo con las instrucciones impartidas anualmente por el Ministerio de Hacienda.
k)    Controlar y registrar el ítem de Iniciativas de Inversiones.
l)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
m)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


Del DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO dependerán:

a)    SECCIÓN DE EJECUCIÓN DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO
b)    SECCIÓN DE MOVIMIENTO FONDOS Y COMPLEMENTARIOS


La SECCIÓN DE EJECUCIÓN DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO, tendrá las siguientes funciones:

a)    Llevar la Contabilidad Patrimonial y Presupuestaria de la Municipalidad de Antofagasta.
b)    Registro del Presupuesto Inicial y Apertura del año Contable.
c)    Registro y control de los Ingresos y Gastos Presupuestarios, según el clasificador presupuestario vigentes.
d)    Analizar, proponer, preparar y presentar al Alcalde y al Concejo Municipal las modificaciones presupuestarias que se requieran, de conformidad a la normativa de flexibilidad presupuestaria, según instrucciones para la Ejecución de la Ley de Presupuesto del Sector Público.
e)    Preparar y otorgar la aprobación presupuestaria de solicitudes de pedidos de materiales de unidades municipales.
f)    Emitir Certificados de Disponibilidades Presupuestaria, para trámites de adquisiciones de bienes y servicios.
g)    Confeccionar, revisar la legalidad y visar los Decretos de Pagos y de Entero de Fondos, que emita la Municipalidad de conformidad a las normas vigentes, tales como Decreto Ley 1.263/75 que aprueba la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, las instrucciones y normas contables y presupuestarias emitidas  por  la  Contraloría  General  de  la  Republica,  tales  como:  Imputación ydisponibilidad presupuestaria, Órdenes de Compra, Facturas, Decretos Alcaldicios (Adjudicación y aprobación de Contratos, si procede), entre otros.
h)    Mantener el registro y control presupuestarios de las áreas de gestión y centros de costos del municipio.
i)    Emisión de informes mensual del comportamiento presupuestario a las diferentes Direcciones Municipales.
j)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza la Sección, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
k)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Jefe del Depto. de Contabilidad de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


La SECCIÓN DE MOVIMIENTO FONDOS Y COMPLEMENTARIOS, tendrá las siguientes funciones:

a)    Solicitar, controlar y registrar los aportes entregados en calidad de Administración de Fondos (No Presupuestarios).
b)    Control, Preparación y entrega de las Rendiciones de Cuentas Mensuales, correspondiente a Ingresos y Gastos de la Administración de Fondos.
c)    Coordinar con el Departamento de Tesorería Municipal y otras unidades, los aportes y/o cobros de los fondos entregados en Administración.
d)    Solicitar, controlar y registrar los aportes a Funcionarios y/o a Instituciones Públicas o Privadas (Viáticos, Fondos Fijos, Fondos a Rendir, Concesiones, Subvenciones y Transferencias Corrientes o de Capital).
e)    Controlar y Registrar aquellas cuentas contables no presupuestarias, tales como Garantías, Documentos Caducados, Documentos Protestados, Otras Obligaciones Financieras u otros afines.
f)    Emisión y Tramitación de Ingresos, Pagos, Rendiciones e Informes relativos a aquellas cuentas contables no presupuestarias (Títulos 113, 114, 116, 121, 214, 216, 921).
g)    Análisis y preparación de Estados Financieros (mensuales, trimestrales, anuales) requeridos internamente o por organismos externos.
h)    Controlar y analizar las Cuentas Corrientes de la Municipalidad y/o las transacciones de otros no presupuestarios que involucren movimientos de Administración de Fondos.
i)    Registrar, controlar y presentar rendiciones de cuentas a las entidades por fondos entregados y destinados a fines específicos.
j)    Deberá remitir en forma mensual a la Secretaria Municipal, un informe de las rendiciones por transferencias a las organizaciones comunitarias, detallando los montos aceptados y rechazados, para efectos de su ingreso a la plataforma de la ley

Nº 19.862, que establece Registros de las Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos y su Ordenanza 001/2004.
k)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza la Sección, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
l)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Jefe del Departamento, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


El DEPARTAMENTO DE TESORERÍA MUNICIPAL, tendrá las siguientes funciones:

a)    Recaudar los Impuestos y Derechos municipales.
b)    Conservar y custodiar los fondos recaudados, las especies valoradas y demás valores municipales.
c)    Manejar las cuentas corrientes bancarias de los Fondos Propios, Cementerio Municipal y de Administración de Fondos de Terceros, según instrucciones emanadas  de  la   Contraloría  General  de  la  República y organismos pertinentes, para la administración de fondos especiales, efectuando su correspondiente control.
d)    Confeccionar las autorizaciones de traspaso de fondos en línea dirigidos al Banco administrador de las cuentas corrientes municipales, debidamente firmado por los cuentadantes A y B, acreditando los motivos que lo originan, adjuntando las cartolas bancarias de las cuentas de origen y de destino.
e)    Confeccionar mensualmente la Conciliación Bancaria de todas las cuentas corrientes municipales.
f)    Custodiar los dineros existentes en caja.
g)    Llevar registros por el cumplimiento de las leyes tributarias.
h)    Efectuar la compra y venta, registro, control, custodia, entrega y rendición de las especies valoradas.
i)    Efectuar la cobranza de impuestos y derechos municipales morosos.
j)    Informar a los contribuyentes sobre los nuevos sistemas de pago de los tributos fiscales y municipales.
k)    Recibir, registrar y custodiar toda clase de instrumentos de garantía y pólizas de seguro por responsabilidades (Póliza de Responsabilidad Civil, Incendios entre otras), extendidos a favor de la Municipalidad.
En el ejercicio de esta función deberá mantener un sistema de control y alerta del vencimiento de las garantías y pólizas entregadas a su custodia, debiendo informar con una anticipación prudente a las unidades municipales intervinientes de la caducidad, a fin de que soliciten oportunamente su ejecución o prorroga.
l)    Efectuar el pago de las obligaciones municipales mediante cheques nominativos y/o pago masivo de proveedores y prestadores de servicios a honorarios, en este último caso deberá confeccionar las autorizaciones de traspaso de fondos en línea dirigidos al banco administrador de las cuentas corrientes municipales, debidamente firmado por los cuentadantes A y B, adjuntando la nómina de comprobantes de egreso.  
m)    Depositar en las cuentas corrientes, autorizadas del banco respectivo, los fondos recaudados.
n)    Establecer cajas recaudadoras, en los lugares y por el tiempo que sean necesarias, para el cumplimiento los objetivos del Municipio.
o)    Efectuar la rendición mensual de cuentas de la caja municipal, con sus ajustes y conciliaciones bancarias.
p)    Diseñar, implementar y mantener un archivo con los documentos que ingresan y emite el Departamento.
q)    Tramitar las firmas para los cheques, según designación de la Autoridad vigente.
r)    Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones consignadas en el Contrato de Mantención de las Cuentas Corrientes Municipales.
s)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
t)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


Del DEPARTAMENTO DE TESORERÍA, dependerán:

a)    SECCIÓN DE INGRESOS Y COBRANZA
b)    SECCIÓN DE EGRESOS

  
La SECCIÓN DE INGRESOS Y COBRANZA, tendrá las siguientes funciones:

a)    Atender y orientar al contribuyente, para la suscripción de convenios de pago y de cálculo de intereses, por deudas de impuestos y derechos municipales adeudados.
b)    Efectuar la revisión y cuadratura de las cajas diarias.

c)    Recibir, custodiar, controlar y despachar los formularios de ingreso de oficinas giradoras, resguardando una cantidad mínima para la adecuada operación.
d)    Recepcionar la documentación y pago de otras municipalidades (Fondos a terceros permisos de circulación) ingresando y despachando estos, a las municipalidades de correspondientes.
e)    Vender el extracto Ley de Alcoholes (Artículo 40°, Ley N° 19.925 Ley Sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas).
f)    Recibir, registrar (Contabilización), custodiar, devolver y hacer efectividad las Boletas de Garantías y Pólizas de Seguros, cuando proceda.
g)    Realizar la gestión de la Cobranza Administrativa.
h)    Realizar la Conciliación Bancaria.
i)    Confeccionar los descargos de Patentes Municipales morosas informadas por el Departamento de Rentas Municipales, adjuntando los antecedentes que lo respaldan de conformidad a la normativa vigente.
j)    Preparar información y confeccionar legajos de Comprobantes de Ingresos.
k)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza la Sección, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
l)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Jefe del Departamento de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


La SECCIÓN DE EGRESOS, tendrá las siguientes funciones:

a)    Recepcionar y revisar los antecedentes de los decretos de pagos, para la confección de cheques o transferencia bancarias para pagos de: proveedores, instituciones privadas, servicios básicos, honorarios, impuestos, fondo común, imposiciones, otras comunas entre otros.
b)    Registrar y mantener en custodia los respaldos de entrega de cheques.    
c)    Realizar los pagos de impuestos fiscales e imposiciones.
d)    Registrar, archivar y custodiar los comprobantes de pago de impuestos e imposiciones.
e)    Realizar los registros, cuadraturas y confección de informes para pagos de Registro de Multas No Pagadas (R.M.N.P.)
f)    Realizar los registros, cuadraturas y confección de informes, para los pagos de fondos a terceros de otras comunas, pagados en esta municipalidad.
g)    Preparar, confeccionar, legajar y resguardar los Comprobantes y recibos de cheques.
h)    Preparar y confeccionar la información mensual de la recepción de los talonarios de cheques del banco y de aquellos emitidos por la Municipalidad, debiendo archivarlos en legajos y resguardarlos.
i)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza la Sección, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
j)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Jefe del Departamento de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


El DEPARTAMENTO DE RENTAS Y FINANZAS, tendrá las siguientes funciones:

a)    Revisar, analizar, registrar, mantener, verificar y tramitar las solicitudes de otorgamiento y caducidad, según corresponda, de las patentes de alcoholes  de la comuna, de conformidad a la normativa vigente (Leyes, Ordenanzas entre otros),
b)    Revisar, analizar, registrar, mantener, verificar y tramitar las solicitudes de otorgamiento y caducidad, de las patentes municipales, comerciales, industriales y profesionales de la comuna, de conformidad a Ley de Rentas Municipales.
c)    Mantener actualizado el Registro de Patentes de todas las actividades antes mencionadas, así como el correspondiente a la propaganda comercial de la comuna.
Para el ejercicio de esta función, deberá actualizar anualmente, el registro de contribuyentes de conformidad a la información proporcionada por el Servicio de Impuestos Internos.
d)    Mantener y actualizar registro de los bienes inmuebles municipales que son entregados en arrendamiento o concesiones.
e)    Ejecutar la obligación de cobrar los derechos de aseo cuando corresponda.
f)    Ejecutar los cobros de quienes realicen iniciación de actividades y no hagan pagado sus patentes conforme a lo que se señala desde el Servicio de Impuestos Internos, artículo 23° de la Ley de Rentas Municipales.
g)    Ejecutar los Cobros de patentes temporales que se establecen en el artículo 28° de la Ley de Rentas Municipales.
h)    Controlar, registrar y enviar los antecedentes sobre término de giro, patentes provisorias y definitivas al departamento de Tesorería Municipal.
i)    Ejecutar las devoluciones por cobro de patentes.
j)    Estudiar, calcular, proponer y regular en el giro de cualquier tipo de ingresos municipales (excepto los Derechos de la Dirección de Obras Municipales y de la Dirección de Tránsito y Transporte Público).
k)    Realizar los cobros establecidos en el artículo 41°, numeral 5° de la Ley de Rentas Municipales.
l)    Coordinar y supervigilar la correcta implementación y ejecución del Convenio de funcionamiento de la "Oficina de Impuesto Territorial Municipal”, suscrito con el Servicio de Impuestos Internos el que fue aprobado mediante Decreto Alcaldicio N° 777/01 de fecha 08 de Agosto de 2001.
m)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
n)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


Del DEPARTAMENTO DE RENTAS Y FINANZAS dependerán:

a)    SECCIÓN DE PATENTES COMERCIALES
b)    SECCIÓN DE PATENTES DE ALCOHOLES


La SECCIÓN DE PATENTES COMERCIALES, tendrá las siguientes funciones:

a)    Tramitar las solicitudes de otorgamiento y caducidad, según corresponda, de las patentes municipales, comerciales, industriales y profesionales de la comuna.
b)    Mantener actualizado el Registro de Patentes de todas las actividades antes mencionadas, así como el correspondiente a la propaganda comercial de la comuna.
c)    Informar al Departamento de Tesorería Municipal patentes morosas para su cobranza administrativa, semestralmente.
d)    Solicitar la ejecución de clausura al Alcalde de las patentes comerciales provisorias.
e)    Aplicar el cobro por multa establecido en el artículo 52° de la Ley de Rentas Municipales.

f)    Control y cobro de las Rentas Varias que se señalan en los artículos 43 y 45 de Ley de Rentas Municipales.
g)    Control y cobro de las concesiones y arriendos de los establecimientos comerciales de propiedad municipal vigentes, como kioscos, áreas verdes, Paseo Prat y Plaza Colón entre otros.
h)    Mantener el Registro correspondiente a la propaganda comercial de la comuna.
i)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza la Sección, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
j)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Jefe del Departamento de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


La SECCIÓN DE PATENTES DE ALCOHOLES, tendrá las siguientes funciones:

a)    Tramitar las solicitudes de otorgamiento y caducidad, según corresponda, de las patentes de alcoholes de la comuna.
b)    Mantener actualizado el Registro de todas las Patentes de Alcoholes.
c)    Llevar al Concejo Municipal todas las nuevas patentes de alcoholes y su cambio de domicilio.
d)    Informar semestralmente al Concejo Municipal, para solicitar su renovación de patentes de alcoholes.
e)    Informar las patentes Limitada de Alcoholes que se encuentran en custodia, para solicitar su remate, si procede.
f)    Tramitar y solicitar el cambio de razón social y su Decreto Alcaldicio.
g)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza la Sección, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
h)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Jefe del Departamento de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


El DEPARTAMENTO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, tendrá las siguientes funciones:

a)    Realizar las compras de bienes y servicios necesarios para el funcionamiento interno de la municipalidad.
b)    Confeccionar proponer las modificaciones del Plan Anual de Compras conforme a lo establecido en la Ley 19.886 Ley de Compras Públicas.
c)    Ejecutar los programas de adquisiciones de bienes y servicios necesarios para el funcionamiento interno municipal.
d)    Crear y mantener un sistema de stocks de bienes e insumos de consumo habitual en la Municipalidad.
e)    Crear y mantener un sistema de distribución, de los bienes e insumos adquiridos.
f)    Recepcionar, revisar y gestionar pago de las facturas, de las compras realizadas.
g)    Informar a Transparencia Activa de las actividades del Departamento.
h)    Mantener actualizado los registros de bienes de la Municipalidad y los inventarios valorados de los mismos.
i)    Mantener registros de los bienes inmuebles que son arrendados por la Municipalidad.
j)    Elaborar y proponer normas específicas para la adquisición en base a las disposiciones y programas aprobados.
k)    Gestionar el funcionamiento de la Bodega del Departamento.
l)    Administrar el funcionamiento del Corralón Municipal.
m)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
n)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.

 

Del DEPARTAMENTO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA dependerán:

 

a)    SECCIÓN DE ABASTECIMIENTO Y BODEGA
b)    SECCIÓN DE ACTIVO FÍSICO
c)    SECCION DE BASES Y LICITACIONES
d)    OFICINA CORRALÓN MUNICIPAL


La SECCIÓN DE ABASTECIMIENTO Y BODEGA, tendrá las siguientes funciones:

a)    Ejecutar los procesos de compras y contrataciones, de acuerdo a la normativa vigente y a lo dispuesto en la Ley 19.886, a través del portal www.mercadopublico.cl, de los bienes y servicios para el funcionamiento de las distintas unidades municipales.
b)    Recepcionar, clasificar y cotizar las solicitudes de bienes y servicios que provienen de las distintas unidades, menores a 100 UTM.
c)    Confeccionar los Decretos Alcaldicios que autorizan publicar términos de referencia, para las adquisiciones de bienes y servicios necesarios para el operativo interno del Municipio, menores a 100 UTM, de conformidad a lo establecido por la Dirección de Compras Pública.
d)    Adjudicar y emitir el Decreto Alcaldicios de adjudicación y las Órdenes de Compra de las adquisiciones de bienes y servicios necesarios para el operativo interno del Municipio, menores a 100 UTM, debiendo subirlos junto a los anexos del proceso al portal de mercado público.
e)    Solicitar, recepcionar y gestionar el pago de las facturas provenientes de los procesos de compras de bienes y servicios realizados por la sección, debiendo adjuntar la correspondiente guía de despacho, suscrita por la unidad receptora del bien o servicio y finalmente remitir las facturas al Departamento de Contabilidad.
f)    Difundir anualmente entre las unidades municipales la prohibición de recepcionar facturas y si en forma excepcional se recibe alguna, debe remitirla a la Sección de Abastecimiento en un plazo de 24 horas desde su recepción.
g)    Planificar la adquisición de los muebles, materiales de aseo y de construcción, de conformidad a los requerimientos y especificaciones establecidas por el Departamento de Gestión Operativa dependiente de la Dirección de Operaciones.
h)    Asesorar a las unidades requirentes en lo referente a sus solicitudes de bienes y servicios.
i)    Mantener actualizado a través del sistema de adquisiciones los registros de proveedores y servicios.
j)    Responder reclamos de los proveedores que dejan constancia en el Portal del Mercado Público.
k)    Mantener archivos al día de órdenes de compra, facturas y resoluciones u otros documentos a fines.
l)    Determinar necesidades de materiales y artículos para mantener stock de bodega, y entregar necesidades a la Jefatura del Departamento de Gestión Administrativa.
m)    Recibir la mercadería adquirida para stock de bodega e ingresar los artículos al sistema de bodega.
n)    Recibir las solicitudes de bienes y servicios enviadas a bodega y entregar los artículos a las unidades solicitantes con el respectivo comprobante de salida de bodega.
o)    Los primeros días de cada mes entregar un listado de productos en stock en bodega a la Jefatura del Departamento de Gestión Administrativa.
p)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza la Sección, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
q)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Jefe del Departamento de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


La SECCIÓN DE ACTIVOS FÍSICOS, tendrá las siguientes funciones:

a)    Registrar, controlar, mantener y actualizar el sistema de registro y control de inventarios que requiera la Municipalidad, por tipo de bien, por dependencias u otras clasificaciones que sean requeridas.
b)    Ingresar los bienes muebles e inmuebles adquiridos al inventario municipal, de acuerdo a su clasificación y cuenta contable, de conformidad a las indicaciones dictadas por la Contraloría General de la República.
En el ejercicio de esta función, la sección de activo físico deberá inventariar los muebles en el lugar de destinación, previa recepción conforme del Director, Jefe de Departamento o Sección o de Oficina correspondiente.
c)    Realizar informes correspondientes de los bienes muebles e inmuebles, de acuerdo a las instrucciones de la Contraloría General de la República, en el sistema de Inventarios y su envío al Departamento de Contabilidad.
d)    Preparar y ejecutar en forma permanente la toma de inventarios generales, rotativos y selectivos de los bienes muebles, asignados a las distintas unidades municipales.
e)    Preparar los antecedentes necesarios para dictar decreto Alcaldicio para la baja de bienes y especies registradas como inutilizadas, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes y confeccionar Bases Administrativas y Técnicas de Licitación Pública, para proceder al remate de los bienes señalados, si así lo determina la autoridad.
f)    Recepcionar, registrar, distribuir y entregar los bienes muebles adquiridos por la Municipalidad, susceptibles a ser inventariados, a los usuarios requirentes. Este registro debe contener a lo menos la descripción y fotografía del bien mueble, los datos de la Orden de Compra y del proveedor, la vida útil y la unidad que será responsables de su uso, mediante formulario de recibo y de entrega.
g)    Recepcionar y registrar, los bienes muebles en buen estado, devueltos por las distintas unidades municipales, para ser asignado a otra unidad municipal, mediante formulario de recibo y entrega conforme.
h)    Recepcionar y registrar los bienes muebles deteriorado, entregados por las distintas unidades municipales para su baja, mediante formulario de recibo y de entrega y su la tramitación de su Decreto Alcaldicio.
i)    Registrar e informar los bienes muebles deteriorados o en buen estado (que no sean posibles de asignar a otra unidad municipal), para ser donados, y en este caso, debe existir acuerdo del Concejo Municipal.
j)    Registrar e informar los bienes muebles deteriorados, para ser rematados previo Decreto Alcaldicio.
k)    Gestionar con la Dirección de Asesoría Jurídica, las denuncias por robo o hurto, de los bienes municipales que reciban por parte de los responsables de su uso a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o Fiscalía Regional, adjuntando toda la información del bien sustraído.
l)    Registrar y actualizar en forma permanente, en el sistema computacional los registros de bienes inmuebles municipales (edificios y terrenos), con la información proporcionada por la Dirección de Asesoría Jurídica.
m)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza la Sección, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
n)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Jefe del Departamento de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


La SECCIÓN DE BASES Y LICITACIONES, tendrá las siguientes funciones, para aquellas compras y contrataciones superiores a 100 UTM.:

a)    Ejecutar el proceso de compras y contrataciones, para compras superiores a 100 UTM, de acuerdo a la normativa vigente y conforme a lo dispuesto en la Ley 19.886,


a través del portal www.mercadopublico.cl, de los bienes para el funcionamiento de las distintas unidades Municipales.
b)    Confeccionar las Bases Administrativas de Licitación y coordinar con las unidades correspondientes las Bases Técnicas para las compras y contrataciones, de bienes y servicios, para el funcionamiento de las distintas unidades municipales y obtener la aprobación presupuestaria por parte del Departamento de Contabilidad.
c)    Gestionar el proceso de Licitación Pública desde la publicación en el Sistema de Información de Mercadopúblico de las Bases de Licitación, Consultas y Aclaraciones, Acto de Apertura, Informe de Evaluación, Adjudicación y Contratación de Bienes y Servicios, para el funcionamiento de las distintas unidades Municipales.
d)    Recibir, registrar y autorizar los estados de pago de los procesos de licitaciones públicas ejecutadas por la sección.
e)    Supervisar, coordinar y controlar los contratos vigentes de los sistemas de telefonía fija, telefonía móvil y página Web licitados por el Municipio.
f)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza la Sección, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
g)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Jefe del Departamento de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


La OFICINA CORRALÓN MUNICIPAL, deberá realizar las siguientes funciones:

a)    Supervisar, coordinar y controlar los contratos de mantención y servicios existentes (vigilancia y aseo), correspondientes al área administrativa.
b)    Recepcionar, registrar y aparcar los vehículos que ingresen al corralón municipal, que hayan sido retirados de la vía pública, por alguna Dirección Municipal, Tribunales de la República, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y por accidentes así también los decomisados bajo amparo de la ley N° 20.000 “Que Sanciona el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas”.
c)    Confeccionar ficha por cada vehículo ingresado, por alguna de las instituciones antes mencionadas, para establecer el estado estructural, mecánico y/o cualquier otro elemento u observación importante del vehículo que ingrese al corralón (número de folio, número placa patente única, fecha de ingreso, tipo de vehículo, color, marca, modelo, lugar de retiro, identificación del Tribunal y/o juzgado correspondiente), con el debido registro fotográfico (Ficha que debe ser suscrita por el funcionario que recepciona por parte del Corralón Municipal y el funcionario y/o persona que ingresa el vehículo).
d)    Coordinar, distribuir y ordenar el aparcamiento de los vehículos ingresados al corralón, fecha de ingreso, debiendo resguardar en forma especial los decomisados bajo el amparo de la Ley N° 20.000.
e)    Confeccionar y mantener actualizados los procedimientos de ingreso y salida de los vehículos.
f)    Entregar los vehículos ingresados al Corralón Municipal, verificando que la orden de retiro, haya sido dictada por la autoridad competente y con la documentación que autorice el retiro, completando la ficha, en que conste el estado estructural, mecánico y/o cualquier otro elemento u observación importante del vehículo que sale del corralón (número de folio, número placa patente única, fecha de ingreso, tipo de vehículo, color, marca, modelo, lugar de retiro, identificación del Tribunal y/o juzgado correspondiente), con el debido registro fotográfico, debidamente suscrita por el funcionario que autoriza el retiro, por parte del Corralón Municipal y el funcionario y/o persona que hace retiro del vehículo.
g)    Informar a la jefatura del Departamento de Gestión Administrativa, la cantidad de vehículos susceptibles a ser rematados, por el cumplimiento del tiempo estipulado para aparcamiento en el recinto.
h)    Reunir, preparar y separar por lotes, aquellos vehículos susceptibles a ser rematados, por el cumplimiento del tiempo estipulado para aparcamiento en el recinto, preparando las Bases de Remate y solicitar la contratación del martillero público correspondiente.

i)    Mantener el orden y limpieza del recinto, coordinando con la Dirección de Aseo, el llenado de estanque de agua y el riego de la superficie del terreno.
j)    Elaborar estadísticas de las actividades, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
k)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Jefe del Departamento de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


Existirá además en la Dirección de Administración y Finanzas la OFICINA SECRETARÍA TÉCNICA


La OFICINA DE SECRETARIA TÉCNICA, tendrá las siguientes funciones:

a)    Asesorar y apoyar al Director en materias relacionadas con las áreas de la administración y de finanzas de la Municipalidad y de la Dirección de Administración y Finanzas.
b)    Recopilar, analizar y construir en base a los indicadores de gestión de los distintos departamentos, el Informe de Gestión de la Dirección de Administración y Finanzas, para establecimientos de metas, grados de cumplimientos de objetivos y su posible reformulación, para evaluación de desempeño de las distintas unidades de la dirección.   
c)    Creación, implementación y evaluación de Indicadores de Gestión del comportamiento y desempeño de los distintos procesos de la Dirección de Administración y Finanzas.
d)    Efectuar las gestiones administrativas, antes los organismos públicos correspondientes, que deban transferir recursos financieros a la Municipalidad, en virtud de algún Convenio o norma legal.
e)    Efectuar las gestiones como contraparte administrativa y técnica, entre la Municipalidad y la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo.
f)    Ingresar los datos que sean requeridos de la municipalidad, a la plataforma SINIM de la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo.
g)    Revisar, registrar e informar sobre el seguimiento y control de los procesos de embargos notificados a la Dirección.
h)    Revisar, registrar e informar sobre el seguimiento y control de las facturas ingresadas en Factoring, ejecutando la recepción o reclamo en el portal de Servicios de Impuestos Internos.
i)    Administrador de los distintos perfiles de la plataforma del Servicios de Impuestos Internos.
j)    Elaborar procesos para la licitación de mercados de capitales.
k)    Determinar la Tarifa de Aseo Comunal.
l)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza la Secretaría Técnica, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
m)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.