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La DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN, tendrá por objeto velar por el cumplimiento de las Ordenanzas Municipales, efectuando la fiscalización y denunciando las infracciones detectadas en conformidad a la normativa vigente.


La DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN, tendrá las siguientes funciones:


a)    Velar por el cumplimiento de las Ordenanzas Municipales, en las secciones de la Dirección.
b)    Velar por la ejecución del plan de fiscalización general de la Dirección.
c)    Coordinar y ejecutar con unidades municipales y otros organismos externos, los planes y programas de control y fiscalización que le competan a la Municipalidad, especialmente en lo referido al comercio ilegal.
d)    Planificar, coordinar, controlar y verificar el cumplimiento de las inspecciones planificadas.
e)    Controlar el programa de trabajo y los recursos para mantener una fiscalización permanente, constante y preventiva.
f)    Verificar en terreno e informar sobre denuncias, que se reciban de la comunidad, debido a la ejecución de las actividades de inspección o de cobranza prejudicial
g)    Informar al Departamento de Rentas y Finanzas semestralmente la situación de los locales comerciales y de expendio de alcoholes de la comuna.
h)    Informar sobre los reclamos recibidos de la comunidad, sobre el actuar de los funcionarios en las actividades de fiscalización realizada.
i)    Prestar apoyo eventual a las Direcciones de Tránsito y Transporte Público y de Seguridad Ciudadana, con recursos humanos, para el apoyo en el desarrollo de las funciones de estas direcciones.
j)    Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
k)    Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
l)    Sistematizar cada uno de los indicadores de gestión proporcionados por las unidades a su cargo y remitirlos al Administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta.
m)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Alcalde, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculadas al cargo de Director.


De la DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN, dependerán:

a)    SECCIÓN DE INSPECCIÓN GENERAL
b)    SECCIÓN DE COBRANZA PREJUDICIAL


La SECCIÓN DE INSPECCIÓN GENERAL, tendrá las siguientes funciones:

a)    Velar por el cumplimiento de las Ordenanzas Municipales, denunciando al Juzgado de Policía Local respectivo, las infracciones detectadas en las materias que involucran a la sección.
b)    Coordinar y ejecutar con unidades municipales y otros organismos externos, el plan de fiscalización general, especialmente en lo referido al comercio ilegal.
c)    Dirigir y ejecutar operativos diurnos y nocturnos, tanto con el apoyo de unidades internas como externas de acuerdo a las normas legales vigentes.
d)    Programar el trabajo diario y ejecutar los controles aplicables a la industria, comercio establecido, patentes de alcoholes, publicidad y ambulantes, tránsito, aseo y ornato, en bienes nacionales de uso público y/o obras de tipo privado.  
e)    Informar al Departamento de Rentas y Finanzas semestralmente la situación de cada local de expendio de alcoholes de la comuna (locales operando con transferencias no autorizadas, cantidad y tipo de infracciones a la ley de alcoholes y de renta, explotación o no del local autorizado, con o sin patentes vigentes entre otros), como antecedentes para la renovación o no de dichas patentes.
f)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza la Sección, con la finalidad de construir indicadores de gestión.

g)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


La SECCIÓN DE COBRANZA PREJUDICIAL, tendrá las siguientes funciones:

a)    Diseñar, desarrollar, proponer y ejecutar el plan de fiscalización general de los contribuyentes morosos por concepto de impuestos, derechos, concesiones, arriendo y permisos en bienes municipales y nacionales de uso público, de acuerdo a la información obtenida con las unidades competentes.
b)    Recepcionar y analizar los folios de morosidad que remite el Departamento de Tesorería Municipal, de conformidad a la legalidad vigente.
c)    Informar y certificar al Departamento de Tesorería Municipal de los folios de cobranza prejudicial de los morosos que dieron y no dieron cumplimiento a la citación al Juzgado de Policía Local.
d)    Solicitar la clausura de aquellos contribuyentes morosos que no dieron cumplimiento a la citación de comparecer al Juzgado de Policía Local y de aquellos que asistiendo, no pagaron la(s) multa(s).
e)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza la Sección, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
f)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.